martes, 1 de marzo de 2011

CONVOCATORIA DE AYUDAS 2011 - PROMOCIÓN DE LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y DE CALIDAD

El Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, ha convocado para el año 2011 las subvenciones reguladas en el Decreto 56/2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad. (BOA Nº 31 de 14/02/2011)
 
BENEFICIARIOS: Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales, las entidades privadas sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes, las sociedades civiles o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que desarrollen actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y contraten a trabajadores por cuenta ajena.


PROGRAMAS DE AYUDAS:

a. Ayudas para promoción de la contratación indefinida
  • Mujeres con al menos dos meses en situación de desempleo.
  • Hombres menores de 30 años o mayores de 45 con al menos tres meses en situación de desempleo
  • Hombres mayores de 30 años y menores de 45 años con menos 6 meses en situación de desempleo.
  • Desempleados que hayan obtenido formación o experiencia tras su participación en algunas de las siguientes acciones: Programas Públicos de empleo-formación de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo; Programas Públicos de empleo de colaboración con Corporaciones Locales, Organismos Públicos y entidades sin ánimo de lucro mediante la contratación de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social; Plan de formación e inserción juvenil de Aragón (FIJA); y Programas de formación para el empleo.

b. Ayudas para la reincorporación al mercado de trabajo de trabajadores afectados por la crisis.-
  • Trabajadores procedentes de los sectores de actividad inmobiliarios, de construcción y de aquellas empresas auxiliares y proveedoras de la construcción que se determinen en las ordenes anuales de convocatoria, afectados por la crisis económica, y cuyo cese en alguna de dichas actividades se haya producido a partir del 1 de julio de 2008, habiendo permanecido desde dicho cese sin ocupación. Además será necesario que los trabajadores contratados hubiesen trabajado en el correspondiente sector durante un periodo mínimo de 12 meses en los tres años inmediatamente anteriores al momento en que perdieron su empleo.
  • Trabajadores que a partir del 1 de julio de 2008 hubieses perdido su empleo a consecuencia de un expediente de despido colectivo tramitado a través del procedimiento de regulación de empleo establecido en los artículos 51 y 57 bis del Estatuto de los Trabajadores y hubiesen permanecido desde dicha perdida de empleo sin ocupación.
  • Trabajadores mayores de 45 años cuyo contrato se hubiese extinguido a partir del 1 de julio de 2008 por alguna de las causas objetivas – económicas, técnicas, organizativas o de producción- contempladas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores y hubiesen permanecido desde dicha extinción sin ocupación, con una antigüedad de al menos 3 años en la empresa en la que se haya extinguido su contrato.

c. Ayudas al fomento de la contratación temporal con fines integradores.
 

d. Ayuda para el fomento de la estabilidad en el empleo: Subvenciones a las transformaciones de contratos temporales en indefinidos.
  • Trabajadores que al momento de la celebración de los contratos indefinidos vinieran prestando servicios en la empresa beneficiaria mediante un contrato para la formación, de prácticas, de relevo, de interinidad o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación, así como de obra o servicio y de circunstancias de la producción.
e. Ayudas para la integración laboral de personas con discapacidad.
 

f. Ayudas para las mujeres victimas de violencia de género.
 

g. Ayudas para la contratación de jóvenes en prácticas.
 

h. Ayudas para el apoyo de centros especiales de empleo.

NORMATIVA QUE LO REGULA:
  1. Decreto 56/2009 de 14 de abril del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad
  2. ORDEN de 4 de febrero de 2011, del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2011 las subvenciones reguladas en el Decreto 56/2009, de 14 de abril, del Gobierno de Aragón, para la promoción de la contratación estable y de calidad. (BOA Nº 31 de 14/02/2011)

PLAZO DE SOLICITUD: Como regla general será de dos meses a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social del trabajador que genera el derecho a la subvención. Habrá que tener en cuenta las características de los contratos según lo establecido en la convocatoria.
 
LUGAR DE PRESENTACIÓN:
- En la red de Oficinas de Empleo del INAEM.
- En las Direcciones Provinciales del INAEM en Zaragoza, Huesca y Teruel.

Más información: pulse aquí

EL SERVICIO DE EMPLEO Y DESARROLLO DE LA COMARCA HOYA DE HUESCA / PLANA DE UESCA INFORMA, ASESORA Y APOYA EN LA TRAMITACIÓN DE ESTAS AYUDAS PÚBLICAS

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